Declaración de la Renta 2025-2026: fechas, novedades y cómo presentarla
Guía completa para la declaración de la renta del ejercicio 2025: calendario, principales novedades fiscales y cómo presentarla paso a paso.
Calendario de la Renta 2025: fechas clave
La campaña de la Declaración de la Renta correspondiente al ejercicio fiscal 2025 se celebra entre abril y junio de 2026. Estas son las fechas que no puedes perderte:
| Fecha | Hito |
|---|---|
| **2 de abril de 2026** | Apertura de campaña — acceso al borrador y presentación online |
| **6 de mayo de 2026** | Inicio de presentación por teléfono (Plan Le Llamamos) |
| **2 de junio de 2026** | Inicio de presentación presencial con cita en oficinas de la AEAT |
| **25 de junio de 2026** | Último día para domiciliar el pago si sale a ingresar |
| **30 de junio de 2026** | Fin de campaña — último día para presentar la declaración |
Importante: Si tu declaración sale a ingresar y quieres domiciliar el pago, debes presentarla antes del 25 de junio. Si la presentas entre el 26 y el 30 de junio a ingresar, tendrás que pagar en el momento.
¿Quién está obligado a declarar?
No todo el mundo tiene obligación de presentar la declaración. Los límites generales en 2026 son:
Rendimientos del trabajo:
- Un solo pagador: obligado si cobras más de 22.000 € brutos anuales
- Dos o más pagadores: obligado si el total supera 15.000 € y el segundo pagador supera 1.500 €
- Pensionistas con complemento por mínimo no contributivo: obligados siempre
Rendimientos del capital:
- Obligado si superas 1.600 € en rendimientos de capital mobiliario o ganancias patrimoniales sujetas a retención
Otras situaciones:
- Cualquier persona que quiera reclamar una devolución aunque no esté obligada
- Autónomos con actividad económica: siempre obligados
- Propietarios de inmuebles arrendados: siempre obligados
Novedades fiscales para el ejercicio 2025
1. Actualización del mínimo personal y familiar
El mínimo personal (exención sobre la base liquidable general) se ha actualizado en 2025:
- Mínimo personal general: 5.790 € (sin cambios significativos)
- Mínimo por descendientes: Primera mejora en tramos para familias con hijos menores de 25 años a cargo
2. Deducción por alquiler (estatal)
La deducción estatal por alquiler de vivienda habitual desapareció para contratos firmados después de 2015. Sin embargo, algunos contratos anteriores a esa fecha todavía pueden beneficiarse. Comprueba tu situación en el borrador.
Las comunidades autónomas mantienen sus propias deducciones por alquiler, que pueden ser más generosas. Revisa las deducciones autonómicas de tu región.
3. Mínimo familiar por hijos: mejoras
Para familias numerosas y familias monoparentales se han mejorado ligeramente los tramos del mínimo familiar, reduciendo la carga fiscal en los tramos medios.
4. Deducción por maternidad ampliada
La deducción por maternidad (1.200 € anuales por hijo menor de 3 años) se ha mantenido y se ha extendido también a madres desempleadas que perciben prestación por desempleo, no solo trabajadoras por cuenta ajena o propia.
Cómo presentar la declaración paso a paso
Paso 1: Accede a Renta WEB
La herramienta oficial de la AEAT para presentar la declaración es Renta WEB, accesible en [agenciatributaria.gob.es](https://www.agenciatributaria.gob.es). No necesitas instalar ningún software.
Métodos de identificación disponibles:
- Referencia (número de expediente que te da la AEAT con tus datos del año anterior)
- Cl@ve PIN o Cl@ve Permanente
- Certificado digital FNMT
- DNIe
Paso 2: Revisa el borrador
La AEAT pre-rellena automáticamente muchos datos: retenciones del trabajo, retenciones de alquileres, intereses bancarios, dividendos, cuotas de autónomos, etc. Sin embargo, debes revisar:
- Que consten todos los pagadores y las retenciones correctas
- Los rendimientos de capital (alquileres, dividendos)
- Ganancias o pérdidas patrimoniales (venta de acciones, inmuebles)
- Deducciones autonómicas que no aparecen automáticamente
Paso 3: Añade datos que faltan
El borrador NO incluye automáticamente:
- Donativos a ONGs (necesitas el justificante de la entidad)
- Deducción por hipoteca anterior a 2013 (si tienes derecho)
- Gastos deducibles de actividades económicas (autónomos)
- Planes de pensiones si no aparecen correctamente
Paso 4: Confirma o modifica y presenta
Una vez revisado, si el borrador es correcto puedes confirmarlo directamente. Si has hecho modificaciones, selecciona "Presentar declaración". Recibirás el número de justificante que acredita la presentación.
¿Qué hacer si sale a pagar?
Si la declaración sale a ingresar, tienes varias opciones:
- Domiciliación bancaria: Presenta antes del 25 de junio y el importe se cargará en tu cuenta el 30 de junio
- Pago en el momento: Con tarjeta o transferencia al presentar
- Fraccionamiento: Puedes pagar el 60% en junio y el 40% restante en noviembre sin recargo, marcando la opción correspondiente en Renta WEB
Deducción por inversión en vivienda habitual
Si compraste tu vivienda habitual antes del 1 de enero de 2013, puedes deducirte hasta el 15% de las cantidades invertidas (hipoteca + seguros vinculados) con un máximo de 9.040 € al año en base de deducción.
Esta deducción fue suprimida para compras posteriores a esa fecha, pero se mantiene un régimen transitorio para quienes la venían aplicando.
Requisitos:
- Haber aplicado la deducción en alguna declaración anterior a 2013
- Que la vivienda siga siendo tu residencia habitual
- Que la hipoteca esté en vigor
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