Alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE)
El alta en el IAE es el trámite obligatorio para empresas y autónomos que inician una actividad económica en España y superan el umbral de facturación legal. Es gestionado por la Agencia Tributaria y, en algunos casos, requiere inscripción en el Registro Mercantil.
- [1]Modelo 036 - Declaracion censal (AEAT) — AEAT (2026-04-12T00:00:00Z)
- [2]Sede electrónica AEAT — AEAT (2026-04-27T20:29:22.374Z)
- [3]Modelo 037 - Declaracion censal simplificada (AEAT) — AEAT (2026-04-12T00:00:00Z)
- [4]Modelo 200 - Impuesto sobre Sociedades (AEAT) — AEAT (2026-04-12T00:00:00Z)
- [5]Modelo 111 - Retenciones e ingresos a cuenta (AEAT) — AEAT (2026-04-12T00:00:00Z)
Obligación AEAT 2026 — RD 1007/2023
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- 1.Accede a la Sede Electrónica de la AEAT (https://sede.agenciatributaria.gob.es) con Cl@ve, certificado digital o DNIe.
- 2.Rellena y presenta el Modelo 036 o 037 seleccionando el epígrafe de IAE correspondiente a tu actividad.
- 3.Adjunta la documentación requerida en formato digital si el sistema lo solicita.
- 4.Recibe el justificante de alta en IAE y guarda el resguardo electrónico.
- 5.Si eres sociedad, presenta también la inscripción en el Registro Mercantil (https://sede.registradores.org).
- 6.Solicita la licencia de apertura en el ayuntamiento si la actividad lo exige.
- 7.Verifica la correcta inscripción en el censo de empresarios y en el epígrafe IAE adecuado.
Acción inmediata
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